¿Cuál es el ámbito de aplicación de la RGPD?

¿Cuál es el ámbito de aplicación de la RGPD?

octubre 24, 2019 Desactivado Por Francesco Vata
La RGPD o reglamento general de la protección de datos, cuenta como objetivo proteger cada uno de los derechos y las libertades de todas las personas físicas y también la libre circulación de todos los datos personales dentro del territorio de la Unión Europea, por lo que no se puede restringir y tampoco prohibir.

Ámbitos de aplicación de la RGPD

Esta es una protección que se le da a todas las personas físicas, sin importar cuál sea su nacionalidad o el sitio en el cual residan y también se otorga teniendo en cuenta el tratamiento de dichos datos personales.

Aplicación material

aplicacion material RGPD
Aplicación material RGPD
Este es un reglamento que se aplica al total tratamiento o en su diferencia parcial automatizada de todos los datos personales, al igual que para el tratamiento que no es automatizado de dichos datos personales destinados o contenidos que serán incluidos en algún fichero. Así mismo, este es un reglamento que no es aplicable al tratamiento de los datos personales:
  • Dentro del ejercicio de alguna actividad que no se encuentre comprendida en el ámbito para la aplicación hacia el derecho de unión.
  • En el momento que los Estados miembros realicen actividades que estén dentro del ámbito de aplicación.
  • Cuando se efectúe por alguna persona física en lo que respecta al ejercicio de las actividades totalmente personales o en su diferencia domésticas.
< La autoridades convenientes con el objetivo de prevenir, investigar, detectar o enjuiciar las infracciones penales o también de la ejecución de las sanciones penales en las cuales se incluye la protección frente a cualquier amenaza para la seguridad pública y también la prevención de la misma. De la misma forma que ocurre con la normativa para la protección de datos de España, esta es aplicable tanto para el tratamiento automatizado como también para el tratamiento manual, pero teniendo en cuenta que éstos se encuentren estructurados con los arreglos necesarios hacia los criterios específicos de dicha organización. Por otra parte, aún se mantienen las actividades de exclusión al igual que dentro de la normativa de España las actividades a nivel doméstico o también las que son destinadas para la seguridad nacional. La parte que merece una mayor atención es la llamado 18 de la RGPD, que implanta como actividades domésticas o personales lo que corresponde y lo que lleva hacia un conjunto de direcciones o también a la actividad que se tiene en las redes sociales al igual que la actividad dentro de las líneas que se realizan en el contexto de las ya mencionadas actividades domésticas. También es importante mencionar que dentro de esta normativa al igual que ocurre en la española, en el 27 se encuentra totalmente excluido el ámbito que respecta a la aplicación hacia las personas fallecidas.

Aplicación territorial

aplicacion territorial rgpd
Aplicación material RGPD
Dentro de lo que es el ámbito territorial están los artículos que van desde el 22 hasta el 25. Para este reglamento se encuentra la aplicación para el tratamiento de los datos personales dentro del contexto de las actividades de algún establecimiento que sea responsable o de alguien que esté a cargo en la Unión, indiferentemente de que dicho tratamiento se lleve a cabo en esta o no sea así. Así mismo este es un reglamento que aplica el tratamiento de los datos personales que son de interesados que vivan en la Unión Europea por parte de alguna persona responsable o que esté a cargo pero que no esté instituido dentro de la Unión, en el momento que dichas actividades para el tratamiento se encuentren relacionadas con:
  • La oferta de los bienes o de los servicios a las personas que estén interesadas dentro de la Unión, indiferentemente  de si le es necesario el pago o no.
  • El control del comportamiento, conforme este posea algún lugar dentro de la Unión Europea.
En dicho reglamento se encuentra el tratamiento de todos los datos personales por manos de alguna persona responsable que no se encuentre establecida dentro de la UE, sino dentro de algún sitio en el cual el derecho de cada uno de los Estados miembros sea una aplicación a favor del derecho internacional público. Con el objetivo de ofrecer la garantía necesaria para que las organizaciones de Europa tengan la posibilidad de evitar la aplicación de dicha normativa para la protección de datos solamente por estar fuera de la Unión Europea, el RGPD empresas incluye una disposición para de esta forma considerar que se apliquen esto a las empresas u organizaciones del extranjero que puedan ofrecer cada uno de sus servicios o productos a los ciudadanos de Europa. De esta forma es como queda reemplazado el criterio de los medios por los de servicios. Por lo tanto este reglamento se aplica a las personas físicas, independientemente cual sea la nacionalidad que posean o donde residan y también teniendo en cuenta el tratamiento que realizan en sus datos personales. No se aplica a las personas que son jurídicas, pero sí a aquellas personas físicas que se encuentren prestando servicio a estas. De igual forma, tampoco se aplica para las actividades domésticas o personales, ni para aquellas personas que han fallecido. Las organizaciones que no se encuentren establecidas dentro de la Unión Europea y que ofrezcan cada uno de sus bienes o servicios a los ciudadanos de esta o que se encuentren vigilando el comportamiento de las mismas, están incluidas dentro del ámbito de aplicación del Reglamento general de protección de datos.